El Abogado del hospital Materno Infantil de Salta Ayer informó que se negó una práctica abortiva ordenada por una jueza a una nena de 13 años que fue violada por su padrastro, “porque el caso no se encuadra en ninguno de los previstos por el artículo 86 del Código Penal”.
En febrero, la jueza Mercedes Marcuzzi había ordenado la intervención considerando la edad de la niña y las circunstancias de su embarazo.
No obstante, el Nuevo Hospital se negó a practicar el aborto y, con una apelación, reavivó un viejo debate jurídico que no se resolverá hasta que el Congreso redacte en forma inequívoca ese artículo 86.
El abogado San Miguel opinó que “el Código dice textualmente que hay dos casos para practicar abortos no punibles. El primero es para salvar la vida de la madre si se demuestra que ésta corre serio peligro y no hay otras prácticas posibles. El segundo es cuando el embarazo proviene de una violación a mujeres deficientes mentales”.
La jueza opina de otra manera y la causa llegará primero a la Cámara de Apelaciones y luego, seguramente, a la Corte salteña.
Entre tanto, la jovencita dejó el tratamiento y nada se sabe de ella.
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