GENERAL E.MOSCONI - Los vecinos de campamento Vespucio pidieron por segunda vez al consejo deliberante que se haga responsable de velar por la seguridad de la comunidad el temor a un alud se hace presente debido a la tala indiscriminada que llevan adelante empresas como FORESTADORA SANTA BARBARA S.R.L, FORESTADORA RIO SECO S.R.L, MADENORT S.R.L Y OTROS.
En diciembre del 2010 realizaron el mismo pedido el cuerpo deliberativo municipal teniendo en cuenta los antecedente anteriores como el mismo alud en Vespucio el 29 de marzo de 1984 donde familias completas perecieron y cerca de 800 persona evacuadas entre otros que sucedieron con anterioridad y posterioridad a esta fecha como por ejemplo del mas reciente el 9 de febrero del 2009 en Tartagal teniendo como origen campamento Vespucio donde los cerros del Aguay se vinieron abajo dejando a Vespucio sin agua por mas de 2 meses. Estos antecedentes son solo parte de lo que Vespucio sufrió por la deforestación y teniendo en cuenta que son cerros sumamente erosivos según los estudios de algunos especialistas en la materia.
Con todos estas referencias es que exigen al consejo que frenara las deforestaciones a través de un proyecto de resolución que presento el partido obrero el que fue aprobado la semana pasada.
En su primer articulo expresan “Su firme rechazo decisión de seguir autorizando y de mantener autorizaciones a Empresas Madereras, que están produciendo la deforestación en un área altamente sensible exponiendo a la población y al ecosistema a un potencial desastre ambiental y social; y especialmente expresamos el rechazo a la decisión de otorgar a estas empresas beneficios monetarios con fondos proveniente de la aplicación de la Ley Nacional 26.331 y Provincial 7.543...”
Art. 2- Es imperioso, por los antecedentes registrados, el cese de toda actividad de aprovechamiento forestal mediante la urgente revisión del mapa de ordenamiento territorial declarando toda la zona boscosa ubicada en el municipio de Gral. E. Mosconi dentro de la categoría I Rojo (áreas protegidas, no se permite desmonte ni aprovechamiento forestal).
Art. 3- Remitir copia al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y a la Secretaria de Política Ambiental de la Provincia, a la Cámara de Diputado y Cámara de Senadores de la Provincia, y a los medios de comunicación locales.
Art. 4- Invitar a los Concejos Deliberantes del Departamento San Martín a adherir al presente proyecto.
No hay que olvidar que anterior mente este mismo consejo aprobó algo similar y nunca se cumplió.
Rafael Bruno
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