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30 nov 2011

CUARTO PODER REFLEJA EL VIAJE DE LEAVY A CUBA

Las fotos de Sergio Leavy en Cuba no son lo peor. Un informe de la Auditoría irrita más. Tartajal, que en 2012 recibirá $61.476.619, no tenía en el segundo semestre de 2008 ni primero de 2009 ejecuciones presupuestarias, ni manuales de procedimientos, misiones y funciones. Las irregularidades abundaron y el municipio expió sus culpas con la emergencia desatada por el alud de febrero del 2009. (Por Daniel A

valos)




Fue, tal vez, la auditoría más anunciada, pero ni eso predispuso a los funcionarios municipales a poner los papeles en regla. La conclusión se adivina: enderezar lo que definitivamente está torcido es un imposible. Y es que, allá por julio de 2009, todos los medios informaban sobre el arribo de los auditores a la ciudad norteña. El objetivo era controlar en qué y cómo se gastaba el dinero que desembarcaba en Tartagal para paliar el desastre que había ocasionado el alud del 9 de febrero de ese año; pero también echar luz sobre el escándalo que había desatado el albañil Martín Almaraz, en junio de ese año, cuando denunció que le falsificaron su firma para que Oscar Elías, amigo del Intendente, cobrara cerca de $200.000 por el alquiler de dos máquinas que realizaban trabajos en el basurero municipal (ver recuadro 1).

Los auditores llegaron en julio de ese año. Realizaron las tareas de campo entre el 20 de ese mes hasta el 21 de agosto siguiente, y concentraron sus miradas en las ejecuciones presupuestarias, las contrataciones de bienes y servicios y las obras públicas ejecutadas por el municipio en el periodo indicado. Finalmente, los auditores Juan Carlos Flores, Marcelo Grande y Mónica Segura, estamparon sus firmas en un Informe Definitivo (Expte Nº 242-2265/09) que, sin embargo, aún no ha sido publicado en la web del organismo (ver recuadro 2). El documento de 101 páginas posee 162 observaciones, la mayoría de las cuales fueron mal subsanadas o abiertamente ignoradas por el municipio. Observaciones acompañadas por 32 recomendaciones y dos opiniones lapidarias. "Con respecto a la Información Financiera: Esta auditoría se abstiene de emitir una opinión en razón de las Limitaciones expresadas en el apartado 2.2 y las Observaciones formuladas en el Punto 4" (no se suministraron ejecuciones presupuestarias y mucha documentación de obras estaba incompleta). "Con relación a la legalidad: El examen global de la gestión, movimiento y registración de las operaciones realizadas por el municipio (...) permite verificar el incumplimiento de las normas..." (I.D.A. pág 101)

El documento, entonces, nos deja con la desolada certidumbre de no estar leyendo nada nuevo en lo que al funcionamiento de las intendencias se refiere: un cúmulo de irregularidades, a veces, francamente disparatadas; y la convicción de que, para explicar las múltiples irregularidades, en escasas dos páginas, debemos organizar las mismas a partir de uno o dos enunciados. La novedad de Tartagal, en todo caso, fue que el municipio apeló a una indignante justificación: expiar sus culpas recurriendo al estado de emergencia que desde febrero de 2009 vivió el desgraciado pueblo por el alud que provocó dos muertos, miles de evacuados y autoevacuados y millonarias pérdidas materiales.

Diosa emergencia, sálvame de mis pecados

Las emergencias suelen ser enemigas de la democracia y de la transparencia. Por ello mismo, es también la aliada más eficaz de negligentes y corruptos que, en nombre de la urgencia, sortean con éxito las normativas vigentes. En Tartagal, el alud sirvió a unos y a otros. Un atajo livianito, a la luz de las irregularidades cometidas, puede introducirnos en la mecánica: se contrataron 30 vehículos en aquel mes para realizar trabajos en medio del caos, 16 de los cuales no contaban con contrato alguno. Cuando los auditores observaron la irregularidad, el municipio presentó los contratos de otras cinco unidades. De los contratos efectivamente celebrados, en muchos no constaba la firma de los contratantes, en otros no se acreditaba la propiedad del bien locado y otros tantos carecían del seguro de responsabilidad civil. El argumento para justificar las anormalidades fue siempre el mismo. El término emergencia se convirtió en el sablazo verbal y colérico para rechazar las impugnaciones: "Estas observaciones más que incorrectas son irrazonables. A poco que se analice se advertirá que corresponden a los meses de febrero y marzo del 2009, es decir el periodo más crítico de la historia de Tartagal..."(I.D.A. pág 32) fue la frase más usada por el municipio para eludir las impugnaciones . Seamos justos. Las leyes contemplan los periodos de excepcionalidad normativa. Admiten que existen momentos en donde una circunstancia excepcional aconseja la flexibilización de algunas o de todas las normativas. Pero hasta la excepcionalidad cuenta con ciertos requisitos que, en el caso de Salta, supone que en esas ocasiones se contemple "una adecuada justificación de la emergencia o la urgencia con las precisiones establecidas por el artículo 13 inciso h)" (Ley 6.838).

Las irregularidades se reprodujeron con otras maquinarias. Y la situación se repitió, incluso, con la contratación de 330 personas encargadas de limpiar el material depositado por el alud. Trabajadores que acordaron con el Intendente (20/02/11, según el informe), un pago de $450 por quincena. Los auditores confirmaron una primera rendición de la intendencia ($462.669) a la Secretaría de Organización Comunitaria del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Monto que habría permitido el trabajo durante 3 quincenas, lo cual habría supuesto, a su vez, un sobrante de casi $20.000. Pero lo que también confirmó la auditoría es que el municipio no pudo verificar si los contratados efectivamente cumplieron con su trabajo, y que más de 60 nombres de los presentes en las planillas nunca habían firmado las mismas. Diligentemente, el municipio explicó que a los ausentes no se les había pagado. Lo que no pudieron decir es a dónde fue a parar el dinero no utilizado, como así también montos surgidos por las diferencias de jornales existentes en tanto, finalmente, se comprobó que mientras algunos cobraban $40 por jornal, otros recibían $50. La cuestión de la emergencia volvió al ruedo: "A pocos días de sucedido el aluvión, se pagó una contribución a mucha gente que trabajó en la emergencia"(I.D.A. pág 20), se excuso el municipio. Conclusión: nadie sabe dónde está el supuesto sobrante, sin contar que los trabajos de limpieza encargados a estas personas no colmaron las 3 quincenas.

¿Impericia o manejos espurios? Las dos cosas. Para confirmar lo primero, alcanza con relatar un absurdo: los auditores descubrieron que la última Resolución Municipal registrada correctamente en su respectivo Libro, fue la Nº 14.261 del 13 de agosto de 2008 (siete meses antes del alud). Desde entonces, y hasta el 21 de julio de 2009 (día en el que arribaron los auditores) la Resoluciones Municipales se registraron a mano en un cuaderno no foliado y tampoco numerado. El disparate nos desconcierta, pero también nos advierte para lo peor. Después de todo, si registro tan elemental a la vida de un municipio estuvo ausente antes de la catástrofe, por qué debería sorprender que ese mismo municipio carezca de las ejecuciones presupuestarias solicitadas por los auditores, o que el departamento contable del mismo no contara entonces con un Manual de Procedimientos, ni con otro que la ley exige: el Manual de Misiones y Funciones. Si esto puede interpretarse como un problema de gestión, conviene no olvidar lo que se dijo más arriba. "Con relación a la legalidad: El examen global de la gestión, movimiento y registración de las operaciones realizadas por el Municipio, en el periodo auditado, permite verificar el incumplimiento de las normas..."

La emergencia que no alcanza

La adicción del ejecutivo municipal a la tesis de la emergencia produjo un hecho curioso entre, al menos, los nueve funcionarios entrevistados por los auditores en su tarea. Enajenados de la realidad, incapaces de aceptar que su gestión arrastraba graves problemas y protagonizaba irregularidades sobre los recursos que administraba, optaron por proyectar el concepto de la emergencia a periodos en donde no estaba declarada. Un caso también liviano vuelve a introducirnos al procedimiento. El mismo está relacionado con la contratación de los camiones ya relatada. Resultó que el camión dominio VGB 140, que sí registraba contrato, prestaba servicios desde antes del alud por $4.800 mensuales, pero sin ningún tipo de registro que certificara si sus obligaciones se habían cumplido. Cuando la auditoría observó el tema, el municipio respondió que el mismo era utilizado en "tareas atinentes al alud del 9 de febrero del 2009".

Más gráfico aún resulta el caso del Proyecto de "Remodelación y Ampliación del Cuartel de la asociación Civil Bomberos Voluntarios de Tartagal". Presupuestado en $271.693, fue concedido a la Asociación Civil El Tártago en forma directa, cuando por el monto presupuestado correspondía el sistema de concurso de precios. La auditoria relató lo que a esta altura ya adivinamos: el municipio adujo que la razón de la irregularidad se encontraba "en la situación de emergencia sanitaria y la producida por el alud de lodo y barro, aprobados por las Ordenanzas Municipales Nº 1.432 y 1.437". El meollo requiere aclaraciones. Y es que la primera de las ordenanzas mencionadas fue aprobada el 19 de enero de ese año, "con el fin de superar el estado de deterioro de la red cloacal y del agua". La segunda, en cambio, cuyo contenido los auditores no precisaron pero a la que este medio accedió, fue aprobada el 29 de enero y tiene un objetivo sin relación alguna con lo que estamos tratado: "Que el D.E.M. proceda a parquizar, plantar árboles y limpiar para estacionamiento de vehículos, la franja de tierra que está al oeste de la Avenida 20 de Febrero desde donde se inicia al sur Paredón del cementerio San Antonio de Papua hasta la calle Padre Pedro" (SIC). Independientemente de lo ininteligible de la última ordenanza, y que del cementerio al que hace mención es el San Antonio de Padua, ninguna de las aludidas ordenanzas tiene alcance sobre la obra en cuestión, cuya nota, que inició el expediente del proyecto, fue de febrero de 2006 según los auditores, mientras la firma del convenio y los plazos de finalización de la obra no estaban contemplados en la situación de emergencia real provocada por el alud. La documentación que los auditores solicitaron al municipio sobre la misma, no fue remitida por el municipio.

Las irregularidades, finalmente, alcanzaron también a los aspectos tributarios. En el departamento contable del municipio no constaban pruebas de que se hayan realizado las retenciones respecto de los impuestos nacionales establecidos por las normativas. Ni aquellos vinculados a los impuestos a la Ganancias, cuando el municipio pagaba importes por encima de los $5.000; ni aquellos vinculados a los Impuestos de Sellos. Detengámonos en este último, y sólo en lo referido al análisis legal de las contrataciones de suministros de bienes y servicios. Los auditores detectaron más de 70 contrataciones de este tipo, que incluyeron locaciones de inmuebles, servicios, vehículos y maquinarias, en donde no hay constancia de cobro del mencionado impuesto. Sorpresivamente, con respecto a este punto, el municipio no adujo la situación de emergencia para justificar la negligencia, lo cual puede representar una sorpresa aún mayor: que alguno de los ejecutivos municipales tuviera conocimiento de que el impuesto al cheque es de tipo nacional y que sólo la administración central puede eximir de un pago por medio de un decreto.

El resto, es más de lo mismo. Más negligencias y más irregularidades. Pero ahora certificadas por una auditoría realizada en el municipio del departamento más poblado de la provincia (156.910 habitantes según el censo 2010), después de Capital. Un municipio que en 2012 recibirá, según el presupuesto provincial 2012, $61.476.610 en concepto de coparticipación ($39.629.800), Fondo Federal Solidario ($8.605.149) y Descentralización de la Ayuda Social ($13.281.673). Puede que lo electoral explique en parte tamaña tolerancia con la impericia, y semejante impunidad con la corrupción. Después de todo, el segundo distrito electoral de la provincia aportó 51.387 votos a los candidatos urtubeicistas en las generales de octubre pasado (el 75,12% del padrón de Tartagal). Si algo de verosimilitud atravesara a esta hipótesis, habría que empezar a reflexionar sobre el hecho de que la descentralización de las políticas provinciales es algo muy importante como para dejarlo en manos de criterios electorales.

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