La Cámara del Crimen Nro. 1, sentenció a diez años de prisión a un hombre de 71 años que abusó sexualmente de su hija desde que la pequeña tenía nueve años.
Napoleón César Apaza fue juzgado durante tres días por el tribunal integrado por Abel Fleming, Héctor Alavila, y Carlos Nieva, quienes en fallo dividido, antes que se iniciara la feria judicial, lo encontraron responsable del aberrante hecho que cometió en contra de su propia hija, cuando contaba con 9 años.El depravado cometió los reiterados actos de abuso durante el año 2008, hasta que en el 2009, se separó de su mujer y fue judicialmente excluido del hogar.
La pequeña tuvo ideas suicidas en varias oportunidades, pudiendo contarle a su madre tras varios años de abuso a lo que estaba siendo sometida por el depravado padre.
Al respecto contó que el hombre la llevaba en su auto a distintos lugares inclusive a la casa de los abuelos paternos, al ingreso de la ciudad, o en la propia casa de la familia cuando la madre se retiraba a talleres de artesanía, aprovechando para manosearla y obligarla a realizar distintas acciones en su cuerpo.
La familia era oriunda de Chicoana y el hombre era miembro retirado del Ejército Argentino y de la empresa YPF.
Durante la declaración, la madre relató que su pareja era una persona violenta con quien tenía una muy mala relación, siendo con sus hijos un padre muy severo, aunque con el hijo varón compartía más cosas.
Esta relación privilegiada con el hijo se manifestó aún más cuando, el aberrante sujeto fue excluido del hogar, siendo seguido por el menor de edad, que regresó a la vivienda materna en octubre de 2010 hasta estos días.
Al ser consultado el menor de edad por los hechos que atravesaba su hermanita, éste respondió que él no se había enterado de nada pero que de todos modos nunca hubiera dicho nada.
Si bien no hubo acceso carnal, los dichos de la pequeña fueron corroborados por la Cámara Gesell y las entrevistas de varios profesionales que atendieron a la pequeña quien relató los abusos vividos y narrados en sesión terapéutica. Los testimonios presentados llevaron al tribunal a obtener un fallo en disidencia, no por la carátula del hecho o la culpabilidad del responsable, sino en la cantidad de años a las que fue sentenciado.
Apaza fue encontrado culpable del abuso sexual agravado gravemente ultrajante, calificado por el vínculo, en contra de su hija, desde los 9 años.
Alavila y Nieva consideraron que corresponden 10 años por la extensión del daño causado, la reiteración de las acciones ejecutadas en contra de la menor, los efectos perniciosos en la salud sicosexual de la menor, donde a consecuencia de esas acciones la idea suicida hasta hoy está presente, victimizando no sólo a la menor sino al resto del grupo familiar primario.
Fleming en tanto sostuvo que si bien comparte las consideraciones realizadas por la mayoría del Tribunal respecto al encuadre jurídico, y a la responsabilidad del condenado, entiende que la pena no debía superar los 8 años, habiendo pedido 7 años
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